sábado, 2 de julio de 2011

ECONOMIA

Millonario ahorro por nueva Ley de creación de empresas.
Un ahorro de 2,5 millones de dólares para los micros, pequeños y medianos empresarios ha significado la nueva Ley 20.494 durante los meses de abril y mayo del 2011, que reduce a cero el costo de publicación en el Diario Oficial en lo relativo a la constitución, modificación y disolución de sociedades. Según explicó Sofía Cid, Seremi de Economía, esta ley permite sustituir la publicación en dicho medio por la publicación en la página web “generando este ahorro significativo que va en directo beneficio de los emprendedores” puntualizó la autoridad. “Con esta normativa se disminuyen los costos de constitución de una empresa en un 22% y reduce de 22 a 7 los días requeridos para crearla. Esto fomenta el emprendimiento que en definitiva promueve la creación de más y mejores puestos de trabajo” sostuvo Cid. Esta publicación electrónica es gratuita para los extractos de todas las empresas con hasta 5 mil UF de capital, mientras que para las demás, el valor del trámite es de 1 UTM. Todo ello, generará un ahorro anual de 15 millones de dólares. “Esta ley, que fue promulgada en enero de este año, es la materialización de los compromisos del Presidente Piñera, que buscan entregar las mejores oportunidades a los emprendedores y emprendedoras de Atacama y el país” indicó la Seremi, agregando que “esta es una señal potente para todos aquellos que deseen iniciar su propio negocio, porque nuestro gobierno hoy les está abriendo las puertas y pavimentando el camino para hacerlo”. Y así se puede apreciar, ya que durante los meses de abril y mayo de este año, la creación de empresas aumentó un 43% con respecto a igual periodo del año anterior, “lo que significa que la agenda pro-emprendimiento del Ministerio de Economía está logrando los objetivos establecido y nos permite visualizar que el crecimiento en la constitución de sociedades en el 2011 será aún mayor que el crecimiento record de 14,1% del 2010” destacó la autoridad. Los principales aspectos de esta Ley señalan que, primero, las Municipalidades deben otorgar la patente definitiva o provisoria en forma inmediata al contribuyente que lo solicite si este cumple con los requisitos solicitados; Segundo, los contribuyentes que opten por la facturación electrónica al inicio de las actividades tienen derecho a que se les autorice en forma inmediata la emisión de los documentos tributarios y, finalmente, la sustitución de la publicación en el Diario Oficial por la publicación electrónica en la página web.

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